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Indemnizaciones percibidas con ocasión del abandono de los cargos
- Fecha de modificación:
- 03-10-2018
- Fecha de creación:
- 26-07-2018
- Tema:
- Altos cargos y responsables
La Disposición Adicional novena del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, modificó el artículo 75º de la Ley de Bases del Régimen Local, incluyendo un nuevo apartado octavo por el que se estableció la posibilidad de contemplar indemnizaciones a favor de los concejales y concejalas durante los dos años siguientes al abandono del cargo, cuando se de un conflicto de intereses entre sus anteriores funciones ejecutivas y la actividad a la que pretendieran reincorporarse. Hasta la fecha, no ha habido ninguna indemnización con ocasión del abandono de los cargos.